Normas
de visita

Normas del parque

No se puede entrar con comida al parque.
No debes arrojar objetos ni dar comida a los animales.
Prohibido fumar en todo el parque.
No se admiten mascotas en el parque.
Debemos respetar las zonas verdes. Anda siempre por los caminos y mantén el parque limpio
No debes golpear los cristales de los recintos. Los animales no responden a estos estímulos
Los menores de 16 años deben ir acompañados de un adulto, sobre todo en las zonas de juego
No es posible volver a entrar al parque, con el mismo ticket, una vez abandonado este.
No es posible entrar con bicicletas, monopatines, patines, etc
No se pueden realizar fotografías o grabaciones con fines comerciales sin autorización previa.
Por motivos meteorológicos, nunca se devolverá el precio de la entrada.
No es posible acceder al parque sin camiseta.

No olvides

Consulta los horarios de las actividades. El horario del parque puede ser modificado por la organización sin previo aviso.
Por motivos veterinarios puede que haya especies que no puedan verse.
Acceder al recinto supone aceptar todas las normas del parque.

Condiciones específicas de admisión

De conformidad con lo establecido en el Decreto 10/2023, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificado por los Decretos 119/2005, 258/2007, 247/2011 y 211/2018, se autoriza a la mercantil RAIN FOREST S.L. con CIF 81295586, según anexo del Decreto 155/2018 de la Junta de Andalucía III.2.6, en el establecimiento denominado BIOPARC FUENGIROLA, a las siguientes:

  • No se permite el acceso y permanencia a personas que porten comidas o bebidas para ser consumidas en el interior del establecimiento, así como en las instalaciones donde se preste un servicio de hostelería.
  • No se permite el acceso y permanencia de personas acompañadas de animales, a excepción de las personas acompañadas de perros guías.
  • No se permite el acceso y permanencia a personas que no realicen la consumición mínima establecida para el uso de sus instalaciones.
  • No se permite el acceso y permanencia de personas de edad inferior a dieciséis años no acompañadas, en todo momento, de una persona legalmente responsable de la persona menor de edad o persona mayor de edad expresamente autorizada por aquella